CULIACÁN, Sin., 12 de febrero de 2026.- El Congreso del Estado de Sinaloa declaró este jueves 12 de febrero de 2026 la apertura del Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la Sexagésima Quinta Legislatura.
La apertura del Periodo Extraordinario de Sesiones, el Congreso del Estado de Sinaloa inicia formalmente los trabajos legislativos correspondientes, para el análisis, discusión y resolución de los asuntos de su competencia.

Con el voto unánime de las diputadas y diputados presentes, el Congreso del Estado de Sinaloa aprobó reformas a la Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial y a la Ley de Hacienda para establecer la Licencia de Manejo Permanente para automovilistas y motociclistas, cuyo valor equivaldrá a 18 UMAS.
Con el voto unánime se reformaron los artículos 361, párrafo segundo, y 367, y se adicionan los párrafos tercero, cuarto y quinto al artículo 361 de la Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, y se adiciona el inciso D) a la fracción I del artículo 48 de la Ley de Hacienda.
“La licencia de chofer tendrá una vigencia máxima de cuatro años; la de aprendiz, dos años como máximo, y la de conductor de servicio público de transporte, de un año como máximo.
“Las licencias de automovilista y motociclista podrán expedirse bajo las modalidades de vigencia determinada o permanente. En el caso de la modalidad determinada tendrán una vigencia máxima de cuatro años.
“La modalidad permanente sólo podrá otorgarse mediante programas especiales en los términos, condiciones y alcances que para tal efecto establezca la autoridad competente, conforme a lo dispuesto en esta ley, su reglamento y las disposiciones administrativas aplicables.
“La licencia de conducir permanente no estará sujeta a renovación periódica sin perjuicio de las facultades de la autoridad competente para suspenderla, revocarla o cancelarla en los términos previstos en esta ley y en su reglamento, sin que su carácter permanente genere derechos adquiridos frente a infracciones graves, reincidencias o resoluciones judiciales”.
En la reforma a la Ley de Hacienda, se establece que el costo de licencias permanentes para automovilistas y motociclistas será 18 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y Medida (UMA).

